Colegiación
- Título de Licenciado en Farmacia o certificación acreditativa del mismo (original)
* En caso de extranjeros, homologación del Ministerio de Educación y Ciencia (original) - Fotocopia y original del DNI
- Dos fotografías tamaño carné
- Si procede de otro/s Colegio/s, certificado de baja o certificado de colegiación indicando si está al corriente de pago en las cuotas colegiales y la/s modalidad/es en la/s que está inscrito
- Fotocopia y original de la tarjeta del I.N.E.M. (si se presenta, tendrá derecho a la cuota reducida de colegiado sin ejercicio en paro)
CUOTAS DE INSCRIPCIÓN:
- Primera colegiación 180 €
- Segunda colegiación y sucesivas 90 €
- Colegiados inscritos en otros colegios de farmacéuticos 0 €
En caso de hacer el ingreso por transferencia o ingreso bancario deberá abonar la cantidad en la entidad BANCO CAIXA GERAL - C/MICHELENA, 13 36002 - PONTEVEDRA, al número de cuenta 0130-3002-43-0100629018 (Si se hace desde el extranjero el código IBAN es: ES40 0130 3002 43 0100629018) con el concepto Abono Tasas Colegiación y su DNI.)
| Cuotas Mensuales Colegio Oficial de Farmacéuticos de Pontevedra (A partir del 1 abril 2013) |
Cuota Colegial | |
| Cuota básica colegiado | 13,00 | |
|
Cuota con reducción para demandantes de empleo (*) |
6,50 | |
| Cuota adicional titular oficina de farmacia | 30,00 | |
| Colegiados mayores de 65 años sin ejercicio | Exentos | |
| Cuotas Mensuales Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos |
Cuota |
| Cuota básica colegiado | 8,31 |
|
Cuota con reducción para demandantes de empleo (*) Licenciado de menos de 4 años |
2,05 |
| Colegiados mayores de 65 años sin ejercicio | Exentos |
| (*) Es requisito indispensable para tener derecho a la reducción de la cuota básica, presentar la tarjeta del paro del INEM antes del último día de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. De no presentarse se cobrará automáticamente la cuota básica de colegiado íntegra. |
| Seguro de responsibilidad civil: 1,36 euros/mes Los colegiados podrán renunciar a este seguro previa declaración firmada de estar en posesión de otro. |